Medio Ambiente

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Convocatoria de Subvenciones para Entidades Locales en materia de Medio Ambiente 2023

17 · marzo · 2023 | Actividades y convocatorias, Destacadas, Noticias, Portada, Subvenciones Entidades Locales

Objeto de la convocatoria

La Subvenciones a Ayuntamientos en proyectos en materia medioambiental es una iniciativa de la Delegación de Medio Natural y Carreteras de la Diputación de Córdoba, que tiene por finalidad el apoyo económico, a través de la concesión a los ayuntamientos y entidades locales autónomas de la provincia de recursos económicos para financiar proyectos de actuaciones para servicios públicos en materia de medio ambiente y sobre bienes públicos municipales.

La convocatoria se encuadra dentro del Objetivo 11 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de a Agenda 2030 de Naciones Unidas: Lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles

Presupuesto

El Presupuesto máximo disponible para la convocatoria es de 260.000 € distribuidos de la siguiente forma:

– Inversión: Modalidad A. 200.000 €

– Gasto corriente: Modalidad B. 60.000 €

Además del presupuesto máximo disponible, anteriormente descrito, se podrá contar con una cuantía adicional cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria, por haberse incrementado el importe del crédito presupuestario disponible.

Beneficiarios

Podrán solicitar las subvenciones reguladas en la presente Convocatoria, los municipios de menos de 20.000 habitantes y entidades locales autónomas de la Provincia de Córdoba.

Gastos subvencionables

La financiación que se pretende será para proyectos de actuaciones en servicios públicos en materia de sostenibilidad ambiental, bien para gastos de inversión, bien para gasto corriente, que estén centradas en, al menos, uno de los siguientes ámbitos temáticos:

Modalidad A: Inversión

  • Dispositivos para la telegestión de riego de zonas verdes y jardines, que permitan el ahorro de agua en éstas.
  • Recuperación ambiental y paisajística de zonas degradadas con valor ambiental utilizando especies vegetales autóctonas adaptadas a las condiciones climáticas de la provincia.
  • Reforestación de zonas de interés municipal utilizando especies vegetales autótoctonas adaptadas a las condiciones climáticas de la provincia.
  • Mejora y recuperación de parques y jardines municipales con materiales sostenibles
  • Deslinde municipal de vías pecuarias, atendiendo al articulo 9.9 de la Ley de Autonomía Local de Andalucía “Deslinde, ampliación, señalización, mantenimiento, regulación de uso, vigilancia, disciplina y recuperación que garantice el uso o servicio público de los caminos, vías pecuarias o vías verdes que discurran por el suelo urbanizable del término municipal, conforme a la normativa que le sea de aplicación”.
  • Deslinde de caminos de titularidad municipal.
  • Creación de Observatorios astronómicos.
  • Mejora de zonas verdes municipales, no incluyendo la adquisición de material inventariable para su mantenimiento y conservación.
  • Adquisición de mobiliario urbano sostenible (madera certificada, materiales reciclados, etc.)
  • Jardines verticales naturales.
  • Creación de huertos sociales
  • Creación de senderos municipales
  • Mejora de accesos a zonas verdes o de interés ambiental

Modalidad B: Gasto Corriente 

  • Actuaciones de sensibilización y educación ambiental municipal.
  • Campañas de sensibilización y educación ambiental
  • Actividades de voluntariado ambiental
  • Realización de talleres de formación ambiental
  • Elaboración de guías de buenas prácticas ambientales

Estas actividades de sensibilización no podrán ser subcontratadas por parte de la entidad local en más de un 50%.

Las entidades locales que concurran a la convocatoria deberán presentar un proyecto de actuaciones que contendrá como mínimo una memoria descriptiva valorada de las actuaciones a realizar, con manifiesto de que las mismas no han sido presentadas en otra Área o Delegación de la Diputación Provincial de Córdoba.

Las modalidades de proyectos de inversión y de gasto corriente serán compatibles entre ellas, no admitiéndose más de una solicitud de cada tipo por Entidad Local. (Es decir, una entidad podrá solicitar un proyecto de cada modalidad, pero no puede presentar dos proyectos dentro de la misma modalidad).

Criterios de valoración

La evaluación de los proyectos, se efectuará teniendo en cuenta los siguientes criterios:

– Ser proyectos que se encuentran incluidos en su Agenda de Desarrollo Sostenible de cada municipio o Agenda Urbana

– Población. Se prima a los pequeños municipios sobre los grandes

– Ser o no beneficiario anterior en la misma modalidades. Se primará a las entidades locales que no han sido beneficiarios en los últimos tres años.

– Factor despoblación, primando a los municipios que han perdido más población en los últimos 10 años

– Coeficiente de aportación municipal que variará en función de la población

Cuantía de la subvención y abono.

La cuantía máxima a subvencionar para la realización de las actuaciones del proyecto será de hasta un 80%, debiendo la Entidad Local solicitante manifestar que se hará cargo de la cuantía no subvencionable.

Se establece una cuantía máxima de subvención de:

– 10.000 € por beneficiario para actuaciones que correspondan con una inversión en el municipio (Modalidad A)

– 5.000 € por beneficiario para actuaciones que correspondan con gasto corriente (Modalidad B).

El importe de las subvenciones no podrá ser, en ningún caso, de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras entidades públicas o privadas, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.

El abono de la subvención se realizará con carácter anticipado

Solicitudes

Las solicitudes se acompañarán de Memoria descriptiva del proyecto y de las actuaciones que comprende, en la que se recogerá, al menos:

– Denominación del proyecto
– Objetivo que se pretende conseguir con su ejecución
– Descripción del proyecto
– Resultados que se pretenden obtener
– Plazos, cronograma y metodología de desarrollo
– Costes estimados. Se deberá detallar la cantidad exacta que se solicita, la cantidad que aporta la entidad, así como la aportada por otras instituciones e identificación de estas últimas.
– Anexo fotográfico y planimetría para Modalidad A

Plazo

El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días contados desde el día siguiente a la publicación en el BOP de la presente Convocatoria. La convocatoria se publica el día 7 de marzo de 2023, por lo que estará abierta desde el 8 de marzo hasta el 28 de marzo de 2023

Plazo de inicio y de finalización de la actividad subvencionada:

En todo caso el plazo para iniciar la actividad subvencionada no podrá ser superior a 3 meses contados a partir del día siguiente de la notificación de la resolución del procedimiento.

El plazo para finalizar la actividad subvencionada será de un año contado a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución de concesión de la subvención

Publicación: BOP Nº 44 (07-03-2023). Anuncio

Bases Reguladoras. Plazo de Solicitud: Desde el 8 al 28 de marzo de 2023.

Anuncio Subsanación Solicitudes. Plazo de Subsanación: Desde el 11 al 24 de abril de 2023.

Anuncio Resolución Provisional. Plazo de Alegaciones: Desde el 3 al 16 de mayo de 2023.

Anuncio Propuesta Resolución Definitiva. Plazo de Aceptación: Desde el 8 al 21 de junio de 2023.

Anuncio ampliación crédito.

Anuncio Resolución Definitiva.

Emblema ODS
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